Preparándose para la Corte de Inmigración Mientras Está Detenido
Lo que los Inmigrantes Detenidos y Sus Familias Necesitan Saber Por Slatton & Hass Immigration Advocates, PLLC
Cuando ICE detiene a alguien, el proceso legal no se detiene. Los procedimientos del tribunal de inmigración avanzan independientemente de si una persona está lista o no, y en muchos casos, avanzan más rápido para las personas que están detenidas que para las que no lo están. Entender qué esperar, qué derechos tiene y cómo construir el caso más sólido posible desde dentro de un centro de detención puede marcar toda la diferencia.
Esta guía es para inmigrantes detenidos, sus familias y cualquier persona que intente navegar una de las situaciones más estresantes que una persona puede enfrentar.
¿Qué Es la Corte de Inmigración?
La corte de inmigración no es una corte penal. Es una corte administrativa que pertenece a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), que es parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos. El juez que preside su caso se llama Juez de Inmigración, y el abogado que argumenta en su contra es un abogado de ICE que representa al Departamento de Seguridad Nacional.
No hay jurado. No hay defensor público que se le proporcione de forma gratuita. El juez de inmigración decide su caso solo, y la carga de la prueba en muchos tipos de casos recae sobre usted, no sobre el gobierno.
Entender esto desde el principio le ayuda a tomar el proceso en serio y prepararse en consecuencia.
Tipos de Audiencias que Enfrentará
Audiencia de Calendario Principal
Esta es su primera comparecencia ante el juez de inmigración. Generalmente es corta, a veces solo de 5 a 10 minutos. En esta audiencia, el juez confirmará su identidad, explicará los cargos en su contra (contenidos en un documento llamado Aviso de Comparecencia, o NTA por sus siglas en inglés), preguntará si tiene un abogado y establecerá fechas para audiencias futuras.
No renuncie a ningún derecho en esta audiencia sin hablar primero con un abogado. No admita nada sin entender lo que está admitiendo. Si todavía no tiene un abogado, dígale al juez que necesita más tiempo para encontrar uno.
Audiencia Individual (de Fondo)
Esta es la audiencia completa donde se decide su caso. Usted y su abogado presentan su caso completo, incluyendo testimonio, documentos y argumentos legales. El abogado de ICE lo interrogará y cuestionará su evidencia. El juez emitirá entonces una decisión, ya sea en la corte ese mismo día o por escrito más adelante.
Esta audiencia puede durar desde una hora hasta un día completo o más, dependiendo de la complejidad de su caso.
Audiencias Telefónicas o por Video
Muchos inmigrantes detenidos comparecen ante un juez de inmigración a través de una pantalla de video en lugar de en persona. El juez puede estar ubicado en una ciudad completamente diferente. Esto es común en centros de detención remotos. No deje que esto lo tome por sorpresa. Prepárese de la misma manera que lo haría para una audiencia en persona. Si tiene un abogado, confirme con anticipación cómo comparecerá y cómo se comunicarán durante la audiencia.
Sus Derechos en la Corte de Inmigración
Incluso en detención, usted tiene derechos. Conózcalos.
Tiene derecho a ser representado por un abogado. El gobierno no tiene que pagar por uno, pero usted tiene el derecho de contratar uno. Muchas organizaciones sin fines de lucro brindan representación gratuita o de bajo costo a inmigrantes detenidos. Pídale al centro de detención una lista de proveedores de servicios legales.
Tiene derecho a un intérprete competente. Si el inglés no es su idioma principal, tiene derecho a un intérprete proporcionado por la corte. Si no está entendiendo lo que se dice, díganlo de inmediato.
Tiene derecho a examinar la evidencia en su contra. El gobierno debe darle acceso a los documentos y evidencias que planea usar en su caso.
Tiene derecho a presentar evidencia y testigos. Puede presentar documentos, llamar testigos para que declaren en su nombre y presentar testimonio de expertos si es relevante.
Tiene derecho a apelar. Si el juez de inmigración falla en su contra, puede apelar la decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Si la BIA falla en su contra, en muchos casos son posibles apelaciones adicionales ante una corte federal.
Tiene derecho a solicitar alivio migratorio. Incluso si el gobierno está tratando de deportarlo, tiene el derecho de solicitar cualquier forma de alivio migratorio para la que pueda calificar. El juez no puede negarle la oportunidad de solicitarlo.
Entendiendo el Aviso de Comparecencia (NTA)
El Aviso de Comparecencia es el documento de cargos que inicia su caso en la corte de inmigración. Lista las alegaciones de hecho que el gobierno está haciendo en su contra y los fundamentos legales para su deportación.
Léalo cuidadosamente. Cada palabra importa.
Los fundamentos comunes de deportación que aparecen en un NTA incluyen entrar sin inspección, exceder el tiempo permitido por una visa, tener una condena penal que activa la deportabilidad, o estar presente sin estatus migratorio válido.
Usted y su abogado tendrán la oportunidad de admitir o negar cada alegación. No admita nada sin entender las consecuencias legales. Admitir una alegación que es incorrecta o legalmente irrelevante puede dañar gravemente su caso.
Si no recibió un NTA, o si no entiende lo que dice el suyo, infórmeselo a su abogado de inmediato.
Formas de Alivio: Lo que Puede Solicitar
La deportación no es automática. Incluso si el gobierno tiene motivos para deportarlo, puede calificar para un alivio que le permita quedarse. Las formas comunes de alivio incluyen las siguientes.
Asilo Si ha sido perseguido o teme ser perseguido en su país de origen por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular, puede calificar para asilo. Hay plazos estrictos: en la mayoría de los casos, debe solicitarlo dentro del año siguiente a su llegada a los Estados Unidos. Sin embargo, existen excepciones, y un abogado puede ayudarle a evaluar si califica.
Suspensión de la Deportación Si no califica para asilo, aún puede calificar para la suspensión de la deportación, que impide al gobierno de los Estados Unidos enviarle a un país donde su vida o libertad estarían amenazadas. El estándar es más alto que el del asilo, pero no tiene un plazo de presentación de un año.
Protección bajo la Convención Contra la Tortura (CAT) Si enfrentaría tortura por parte del gobierno de su país de origen o con su consentimiento, puede calificar para protección bajo la Convención Contra la Tortura. Esta forma de alivio no tiene plazo de un año y no requiere que demuestre persecución basada en un motivo protegido.
Cancelación de Deportación para No Residentes Permanentes Si ha vivido de manera continua en los Estados Unidos durante al menos 10 años, ha tenido buena conducta moral durante ese tiempo, y su deportación causaría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales a un cónyuge, padre o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente legal, puede calificar para la cancelación de deportación.
Cancelación de Deportación para Residentes Permanentes Legales Si tiene una tarjeta de residencia, puede calificar para una forma diferente de cancelación si ha sido residente permanente legal durante al menos cinco años, ha vivido continuamente en los Estados Unidos durante al menos siete años y no ha sido condenado por un delito grave agravado.
Cancelación VAWA Si ha sido maltratado o sometido a crueldad extrema por un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal, puede calificar para la cancelación especial de deportación bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer, independientemente de su género.
Ajuste de Estatus En algunas circunstancias, una persona detenida puede ser elegible para solicitar una tarjeta de residencia a través de un familiar calificado u otra petición, incluso mientras está en procedimientos de deportación.
Salida Voluntaria Si no califica para ninguna otra forma de alivio, puede solicitar la salida voluntaria, que le permite salir del país por su propia cuenta en lugar de ser deportado formalmente. Esto preserva ciertas opciones para futuras solicitudes de inmigración que una orden formal de deportación cerraría.
Cómo Construir Su Caso Desde la Detención
Prepararse para la corte de inmigración desde dentro de un centro de detención es difícil. El acceso a teléfonos, materiales legales y sus propios documentos es limitado. Pero no es imposible. Aquí le mostramos cómo aprovechar al máximo el tiempo que tiene.
Comuníquese con su abogado tanto como sea posible. Su abogado debe estar visitándole, llamándole o ambas cosas. Si no puede comunicarse con su abogado, dígale a un familiar en el exterior que haga seguimiento. No pase semanas sin contacto.
Escriba todo. Si está solicitando asilo u otro alivio basado en lo que le sucedió en su país de origen, comience a escribir su relato ahora. Fechas, nombres, lugares, qué sucedió, quién lo hizo, por qué sucedió y quién fue testigo. La memoria se desvanece bajo el estrés. Póngalo por escrito.
Haga una lista de todos los que pueden ayudar. Piense en familiares, ex empleadores, miembros de la comunidad, líderes religiosos y cualquier otra persona que le conozca y pueda proporcionar una carta o testimonio. Haga llegar su información de contacto a su abogado.
Pida a sus familiares que reúnan documentos. Su familia en el exterior puede ayudar reuniendo sus declaraciones de impuestos, talones de pago, actas de nacimiento, registros escolares, cartas de apoyo y cualquier otra evidencia. Deles una lista específica.
Solicite su expediente de inmigración. Su abogado puede presentar una solicitud de la Ley de Libertad de Información (FOIA) ante USCIS e ICE para obtener sus registros de inmigración. Estos expedientes a menudo contienen información importante sobre su historial y el caso del gobierno en su contra.
Cuide su salud mental. La detención es psicológicamente dañina. Muchos centros tienen personal de salud mental. Utilícelo. Los tribunales también pueden considerar evidencia médica y psicológica como parte de su caso, particularmente en solicitudes de asilo y de dificultades excepcionales.
Qué Sucede Si Pierde
Si el juez de inmigración emite una orden de deportación en su contra, no se le han agotado las opciones.
Apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Tiene 30 días a partir de la fecha de la decisión del juez para presentar un Aviso de Apelación. Este es un plazo inamovible. No cumplirlo puede hacer que pierda su derecho a apelar por completo. La BIA revisa la decisión del juez de inmigración en busca de errores legales.
Solicitar una Suspensión de la Deportación. Si presenta una apelación, también puede solicitar una suspensión de la deportación, que temporalmente impide a ICE deportarlo mientras la apelación está pendiente. Esto debe solicitarse de inmediato.
Revisión en la Corte Federal. Si la BIA falla en su contra, es posible que pueda presentar una petición ante una Corte Federal de Apelaciones para que revise su caso. Este es un proceso complejo que requiere un abogado de inmigración con experiencia, pero es una opción real en muchos casos.
Moción para Reabrir el Caso. En ciertas circunstancias, puede presentar una moción para reabrir su caso incluso después de una orden final de deportación, particularmente si hay nueva evidencia, condiciones cambiadas en el país de origen, o si su representación legal anterior fue gravemente deficiente.
No espere para explorar estas opciones. Cada día importa cuando hay una orden de deportación.
Una Nota para las Familias
Si su ser querido está detenido y en proceso de deportación, su apoyo importa más de lo que usted cree. Esto es lo que puede hacer.
Manténgase en contacto y transmita información. Usted es el vínculo entre su ser querido y el mundo exterior. Reúna documentos, busque cartas de apoyo, asista a las audiencias cuando sea posible y mantenga la comunicación abierta con el abogado.
Asista a la audiencia. Las audiencias de inmigración generalmente están abiertas al público. Su presencia en esa sala del tribunal envía un mensaje al juez sobre los vínculos de su ser querido con la comunidad y con usted.
No se rinda. Los casos que al principio parecen imposibles pueden cambiar con la evidencia correcta, el abogado correcto y la perseverancia. Lo hemos visto suceder.
Estamos Aquí para Ayudarle
En Slatton & Hass Immigration Advocates, PLLC, representamos a inmigrantes detenidos en cada etapa de su caso, desde la primera Audiencia de Calendario Principal hasta las apelaciones. Luchamos con determinación porque sabemos lo que está en juego.
Si su ser querido está detenido y enfrentando la corte de inmigración, no espere. Contáctenos hoy.
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